En los últimos días en Chile nos encontramos ante la posibilidad de que se apruebe una medida debida a la situación actual que podría afectar a millones de personas en el país y sus fondos de capital. Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) podrían tener que permitir, en caso de salir adelante un proyecto de reforma constitucional, que los afiliados puedan retirar hasta el 10% de sus ahorros. Esta iniciativa se debe al Estado de Excepción que vive Chile por la pandemia, igual que ocurre en muchos otros países del Mundo. ¿En qué consiste este proyecto y qué posibilidades se abren?
El proyecto de reforma constitucional
El pasado martes 14 de julio la Cámara de Diputados de Chile aprobó el proyecto de ley por el cual se propone que cualquier afiliado de la AFP pueda hacer un retiro voluntario y único sin comisiones ni impuestos de hasta el 10% de su cuenta de capitalización individual.
La cantidad retirada por el afiliado de AFP no puede ser menor de $1 millón (35 UF) ni mayor que $4,3 millones (150 UF). En el caso de que la persona tenga un 10% menor del mínimo, podrá retirar igualmente ese mínimo, priorizando cumplir ese monto suficiente respecto a que sea porcentualmente el 10%.
Por ejemplo si una persona tiene un capital total ahorrado de $2.000.000 puede retirar $1 millón de una sola vez, aunque sea la mitad de sus ahorros y no la décima parte. En el caso de que el afiliado no tenga ni el mínimo de $1 millón o 35 UF, esta nueva reforma constitucional le permitiría puntualmente retirar el total de su dinero en la AFP.
El retiro de fondos AFP se realizará, en caso de aprobarse finalmente la ley en el Senado, en dos cuotas iguales. La primera sería llevado a cabo tras 10 días naturales desde la solicitud de retirada de efectivo, y la segunda 30 días naturales después de la primera retirada.
Hay que tener en cuenta que se trata todavía de algo pendiente de confirmar. Será el Senado en la Comisión de Constitución quien deberá aprobar el proyecto, para lo cual se requeriría un quórum de 3/5 partes de la Cámara. Si se aprueba con ese mínimo de 26 votos requeridos, el proyecto de ley volvería a la Comisión de Constitución para analizar y votar las indicaciones en particular.
Si hay diferentes propuestas de concreción y se generan discrepancias, se armaría una Comisión Mixta. Después el proyecto podría pasar al Tribunal Constitucional si se presenta un requerimiento solicitando su revisión. Si se aprueba de plano va al presidente para que lo promulgue o lo vete.
¿Qué oportunidades ofrece esta nueva ley propuesta?
En caso de que finalmente la ley prospere, y a la espera de confirmar en qué condiciones exactamente, si se modifican los supuestos o al final se hacen ajustes de otro tipo, en cualquier caso los afiliados tienen tiempo de pensar en sus nuevos escenarios en el futuro próximo. Vale la pena plantearse cómo enfocar esta situación, y ver las mejores opciones con tiempo y estrategia.
En otras ocasiones hemos comentado el hecho de que toda crisis abre la puerta también a la oportunidad, y sin duda en caso de salir adelante esta ley de retiro de fondos AFP es la ocasión idónea para aumentar la rentabilidad de tus fondos, por ejemplo invirtiendo en bienes raíces.
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